Dirigidas a impulsar los procesos de transformación digital del Comercio.
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BENEFICIARIOS / REQUISITOS:
- Que la entidad beneficiaria tenga un centro de trabajo ubicado en San Sebastián.
- Que la inversión subvencionada se destine al centro de trabajo ubicado en San Sebastián.
- Que se disponga del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), en alguno de los siguientes epígrafes:
- Agrupación1. 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabacos, realizado en establecimientos permanentes.
- Agrupación 1.65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Excepto los pertenecientes a los a grupos de los epígrafes (1.6521; 1.655, 1.654) correspondientes a Farmacias y carburantes y compra de vehículos.
- Agrupación 1.66: Comercio mixto o integrado; comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente. Grupo 1.691: Reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo. Grupo 1.971: Lavanderías, tintorerías y servicios similares. Grupo 1.972: Salones de peluquería y belleza. Grupo 1.7552 Servicios prestados al público por las agencias de viajes.
- Que este dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en la actividad para la que se solicita la ayuda, durante un periodo superior a un año y de forma ininterrumpida, a fecha de publicación de estas bases.
- En el caso de que se trate de personas jurídicas, que cumpla la condición de pequeña empresa en el momento de la solicitud.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
- Comunicación y marketing digital: inversiones y gastos dirigidos a apoyar la identificación de canales digitales, mejorar la reputación y posicionamiento en redes, mejorar la experiencia cliente, apps de fidelización, etc. 2
- Inteligencia analítica (análisis de los datos): inversiones y gastos dirigidos a la analítica on line, ( web, redes sociales, …etc) que nos permite medir, recopilar, analizar datos, analizar el tráfico del canal on line, para conocer el comportamiento de los usuarios digitales. Identificar los datos de análisis, los indicadores que pueden ser claves para monitorizar el negocio on line y su interpretación.
CUANTIA DE LA AYUDA:
Los conceptos subvencionables y el porcentaje o importe de ayuda para los gastos asumidos en cada uno de ellos son los siguientes:
- Gastos vinculados a asesoramiento especializado y necesarios para realizar las inversiones. La ayuda será del 20% de los gastos vinculados al asesoramiento y hasta un máximo de DOSCIENTOS (200,00€) EUROS.
- Inversiones y gastos requeridos para el desarrollo e implementación de herramientas en algunos de los ámbitos de actuación, Marketing digital y Analítica del dato. La ayuda será de del 80% de la inversión y gastos en los que se haya incurrido en los ámbitos descritos en el presente apartado y hasta un máximo MIL QUINIENTOS (1.500,00€) EUROS.
- Compra de ordenadores y tabletas. La ayuda será del 30% de la inversión realizada por este concepto y hasta un máximo de TRESCIENTOS (300€) EUROS.
La ayuda resultante por la inversión y gastos en los que se haya incurrido en alguno de los ámbitos descritos en los párrafos anteriores, se incrementará siempre que concurran las siguientes condiciones:
- Incremento de un 30% en el caso de que la entidad solicitante esté adherida a la plataforma municipal Donostia marketplaza: www.dssmarketplaza.eus en el momento de la solicitud o se adhiera y de alta en ella, en un plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud de ayuda y así lo haga constar en el anexo de solicitud.
- Incremento de un 10% si el establecimiento comercial está ubicado en el distrito de la zona Este de Donostia-San Sebastián.
- Incremento de un 10% en el supuesto de que la persona beneficiaria esté ubicada en la zona este de la ciudad y así lo haga constar en el anexo de solicitud. Se considera zona Este de la ciudad, las empresas comerciales ubicados en los siguientes barrios: Altza, Intxaurrondo, Miracruz-Bidebieta, Egia, Loyola y Martutene.
Los incrementos son acumulables de modo que, en ningún caso, el importe de la ayuda podrá superar los DOS MIL (2.000€) EUROS. Se otorgará una ayuda por empresa.
En ningún caso se considerarán gastos subvencionables el impuesto sobre el valor añadido (IVA) y demás impuestos indirectos.
COMPATIBILIDAD:
Las subvenciones reguladas en estas Bases serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas o recursos para la misma finalidad siempre que no se produzca sobrefinanciación, de acuerdo con lo establecido en el art.º 7 de las Bases reguladoras.
PLAZO EJECUCION INVERSIONES Y GASTOS:
La ejecución de las inversiones y gastos de las actuaciones para las que se solicita la ayuda, deberán estar comprendidas entre el día 1 de junio de 2021 y hasta el 31 de enero de 2022.
PLAZOS DE SOLICITUD: Del 27 de noviembre al 31 de enero de 2022 o hasta agotar recursos económicos.
Las solicitudes se resolverán por concurrencia no competitiva (orden de registro de entrada.)
CÓMO GESTIONAR LA SOLICITUD:
- Personalmente, desde la página web de Fomento San Sebastián. Acceso desde aquí
- Contactando con nosotros: federacion@fmg.es
943 42 55 57. Extensión 1 (Ana Landa o Arantza Cortabarria)
Descarga desde aquí el anexo de solicitud
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