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Ayudas para los sectores del equipamiento de la persona y hogar

6 Jul, 2022 | Gipuzkoako Merkatariak, Noticias | 0 Comentarios

Nuevo programa de ayudas extraordinarias del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco.
¡Sólo para los subsectores del equipamiento personal y del hogar!
Sectores que han sufrido con especial incidencia los efectos de la invasión de Ucrania en el alza de los precios y el retraimiento del consumo.
Las nuevas ayudas se dirigen a micro y pequeñas empresas de los subsectores del equipamiento personal y del hogar. Establecimientos dedicados a la venta de ropa, calzado, decoración, droguería, perfumería, menaje, ferretería y similares. 
Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas objeto de la presente convocatoria ascienden a un total de 15.000.000,00 euros

RESUMEN

  • Podrán acceder a las ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y, las micro y pequeñas empresas del comercio minorista vasco cuya actividad se encuadre en uno de los siguientes epígrafes subvencionables (Acceso desde aquí) y, cuyo establecimiento comercial se encuentre en la Comunidad Autónoma Vasca.
  • Las personas y entidades solicitantes deberán reunir los requisitos con anterioridad al 24 de febrero de 2022, fecha de inicio del conflicto bélico en Ucrania
  • Quedan excluidos de esta ayuda los sectores de artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado y comercio al por menor de  muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina

CUANTÍA DE LA AYUDA

1.- Las ayudas contempladas en la presente Orden se materializarán a través de subvenciones a fondo perdido.

2.- La cuantía de la ayuda a conceder a la persona o entidad beneficiaria se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento comercial con anterioridad al 24 de febrero de 2022, según la siguiente tabla:

  • Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 2.000 euros
  • Establecimientos de 10 o más de 10 personas trabajadoras: 3.000 euros

En todos los casos, el cómputo total de las personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o cese de actividad.

Sólo se admitirá la adscripción del mismo trabajador a un único establecimiento comercial.

SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

1.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir de las nueve horas del primer día hábil siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará 30 días naturales después de su publicación.

2.- Se presentará una única solicitud por cada establecimiento comercial.

El plazo de tramitación de esta ayuda comienza el día 27 de junio y finalizará con el agotamiento de fondos.

MÁS INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE SOLICITUD:

 

 

 

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